La liquidación de gananciales es el reparto del patrimonio que los cónyuges hayan conseguido durante el matrimonio. Se produce después de que ambas partes pongan en común las ganancias y beneficios obtenidos durante el matrimonio, es decir, la sociedad de gananciales.
Tal y como recoge el artículo 1396 del Código Civil: ‘disuelta la sociedad se procederá a su liquidación, que comenzará por un inventario del activo y pasivo de la sociedad’.
En primer lugar, se realiza el inventario. Este es un listado que recoge todos los bienes que forman el activo y todas las deudas que forman el pasivo. Una vez esté completo, se procederá a pagar las deudas de la sociedad. Si estas, son superiores a los bienes, los cónyuges podrán vender dichos bienes para saldar las deudas con el dinero obtenido. Finalmente, una vez saldadas las deudas, tendrá lugar el reparto, a partes iguales, de los bienes restantes.
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