

La Audiencia Provincial de Córdoba, ha rechazado la petición que ha hecho una joven, para que su padre le siguiera abonando la pensión, una vez independizada del domicilio de su madre.
El tribunal ha explicado, que la pensión de alimentos está pensada para cubrir las necesidades de los hijos que conviven con su otro progenitor. Pero una vez que se independizan, esta se extingue.
Además, la sentencia ha indicado que la pensión no es compatible con quien voluntariamente deja el domicilio familiar para vivir con otra persona. Puesto que, esa autonomía propia de la mayoría de edad para independizarse, también debe llevar consigo autonomía económica.
Por ello, la Audiencia Provincial ha decidido rechazar dicha petición.
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