Si una pareja está dispuesta a divorciarse mediante mutuo acuerdo, cuando existen hijos en común, deberán atender a las siguientes cuestiones:
-En primer lugar, el ejercicio de la patria potestad. Es decir, el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres para con los hijos. Esto suele ser compartido a partes iguales entre los progenitores, a no ser que por circunstancias como la lejanía entre ellos, no lo haga posible.
-Otro aspecto importante es el tipo de custodia. Esto va a definir si los hijos conviven con un solo progenitor, es decir, custodia en exclusiva a uno de los dos, o por el contrario, si conviven con ambos en un régimen de custodia compartida.
-La pensión alimenticia también constituye otro aspecto fundamental en el proceso de divorcio. Esta se definirá según el tipo de custodia y las posibilidades económicas de cada uno de los progenitores, así como, las necesidades de los hijos en común.
-El uso de la vivienda familiar, también se establece según las posibilidades económicas de cada uno. Aunque, debemos destacar que el uso y disfrute de esta, dependerá de quién sea el propietario del domicilio familiar.
-Por último, debemos destacar la liquidación de bienes comunes. Cuando el divorcio se realiza mediante mutuo acuerdo, deberán ser los propios cónyuges los que se repartan los bienes comunes tales como vehículos, cuentas bancarias o diferentes bienes adquiridos tras el matrimonio.
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