Esta decisión surge de la necesidad de que los hijos menores de edad puedan viajar por toda la Unión Europea con sus respectivos padres. Para ello, la Gran Sala, ha acordado que ambos progenitores podrán disponer de un documento que les habilite poder viajar con sus hijos.
En Europa, 14 países miembros no reconocen la unión entre personas del mismo sexo, y por consiguiente su derecho de filiación. Y aunque, esto todavía compete a cada país, el Tribunal de Justicia Europeo ha declarado que estos países deben respetar estar uniones, así como, la libre circulación y de residencia de los ciudadanos de la Unión Europea.
El respeto a estas uniones, no implica que estos países tengan la obligación de contemplar en su derecho nacional la parentalidad de las personas del mismo sexo. Por lo tanto, la UE ha pedido el respeto hacia los demás países miembros que sí lo contemplen en su derecho.
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