Les adelantamos que sí se puede recibir pensión de viudedad para personas que se han separado o divorciado. A lo largo de este artículo, explicaremos los requisitos que se deben cumplir para recibir dicha pensión.
Si la separación o el divorcio se produjo antes del 1 de enero de 2008, se pedirán los siguientes requisitos:
-En primer lugar, no deben transcurrir más de 10 años entre la fecha de divorcio y la fecha de fallecimiento.
-Que el matrimonio haya tenido una duración mínima de 10 años.
-Que existan hijos comunes.
-Y que el separado o divorciado sobreviviente tenga una edad mínima de 50 años en el momento del fallecimiento.
Las personas mayores de 65 años tendrán derecho a pensión de viudedad si el divorcio se produjo antes del 1 de enero de 2008, siempre y cuando:
-No reúnan las condiciones señaladas anteriormente.
-No reciban ningún tipo de pensión.
-Y cuando el matrimonio haya durado un mínimo de 15 años.
Es importante destacar que, si no se piensa contraer otro matrimonio, siempre se recomienda la separación y no el divorcio, en los casos en los que el matrimonio haya durado más de 50 años, con el fin de no perder la pensión de viudedad.
Esto solo ha sido una breve recopilación de los aspectos más importantes para recibir dicha pensión mencionada anteriormente. Hay muchísimos más aspectos a tratar y nosotros te podemos ayudar, ¿a qué esperas? Contáctenos al ☎️ 659889993 o visítenos en Av/ de la Buharia nº3.