Tras la aprobación de la ley que considera a las mascotas seres vivos, el Congreso ha querido asegurar que se cumpla con el cuidado de los animales que están a nuestro cargo. Por ello, los jueces podrán retirar la custodia compartida de los hijos a los progenitores que maltraten a los animales que tengan en casa.
Por lo que, si en el momento del divorcio, uno de los cónyuges ha maltratado o amenazado con hacer daño a las mascotas, se considerará maltrato vicario o de género. Por querer lastimar al otro progenitor, o incluso a los hijos.
Esta nueva norma establece que las mascotas se consideran un miembro más de la familia. Por ello, en caso de divorcio, el juez tendrá que decidir un régimen de custodia y estancia para el animal, como ocurre con los hijos en común. Así como, en caso de fallecimiento del propietario. Si este no ha expresado su voluntad respecto al animal, será el juez quién decidirá con quién debe estar.
Si necesita dar respuesta a estas y otras preguntas, o necesita asesoramiento legal, ¡le podemos ayudar!
Somos especialistas en derecho de familia.
Llámenos al ☎️ 659889993 o visítenos en Av/ de la Buharia nº3.
También nos puede encontrar en Facebook: Portero y Peña tus Abogados