

Ayer día 26 de octubre, el TC, anuló el impuesto de plusvalía municipal. A pesar de ser una importante fuente de financiación para los municipios de todo el país, se considera inconstitucional y afecta al principio de capacidad económica recogido en la Constitución española.
La sentencia ha declarado nulos algunos de los artículos de la ley de Haciendas Locales, que determinan que siempre ha existido un aumento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, independientemente, de que no haya sido así realmente.
Por ello, a partir de ahora si no se establece un nueva doctrina que entre dentro del marco constitucional, los ayuntamientos no podrán cobrar la plusvalía municipal. Además, no tendrá efecto retroactivo en su aplicación, es decir, que no se devolverá lo abonado antes de la fecha de aprobación de la misma.
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