Como ya veníamos avanzando en el título, el tercio de mejora en la herencia, hace referencia a que si el testador lo desea, puede mejorar a uno de los herederos en su herencia.
Normalmente, la herencia se divide en tres tercios: el tercio de legítima, el tercio de mejora y el de libre disposición. El tercio de legítima, es el único que por ley el testador no puede modificar, ya que pasa directamente a los herederos.
El tercio de mejora queda recogido en el artículo 808 del Código Civil: “Constituyen la legítima de los hijos y descendientes las dos terceras partes del haber hereditario del padre y de la madre”.
Pero la gran pregunta es, ¿quiénes pueden recibir el tercio de mejora?
Este puede darse a hijos o descendientes de los hijos (nietos), y ninguna ley recoge la distinción por filiación, por lo que, los hijos o sus descencientes pueden ser no matrimoniales o adoptados. En cualquier caso, el testador no puede otorgar este tercio a extraños. Se puede dar mediante la herencia, como legado o donación.
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