El convenio regulador es el documento en el que los cónyuges acuerdan los aspectos personales y patrimoniales del divorcio. Es de carácter obligatorio después de la ruptura, y se realiza de mutuo acuerdo entre ambos.
El artículo 90 del Código Civil, determina las cláusulas que incluye el convenio regulador, entre las que se encuentran:
-Respecto a los hijos: los regímenes de patria potestad, custodia, visitas o pensiones. Y los diferentes aspectos para cubrir las necesidades de los menores.
-Respecto al matrimonio: distribución de cargas, uso de la vivienda, y si hiciera falta, la liquidación del régimen económico matrimonial.
-Respecto a otros aspectos: si hiciera falta, pensión de alimentos o compensatoria.
En definitiva, el convenio regulador es un documento de trascendencia económica, en el que se establecen los derechos y obligaciones de los cónyuges. Para su redacción, es más que recomendable la presencia de un abogado.
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